Uno de los requisitos en el momento de la constitución de una fundación de ámbito estatal es el de presentar el plan de actuación ante el Protectorado Único de Fundaciones, El plan de actuación debe incluir, para cada actividad, los datos identificativos y los recursos declarados, además de los datos comunes a todas las actividades y un resumen de datos económicos. La certificación del acuerdo aprobatorio del Patronato, que deberá ir firmada por el secretario del Patronato con el visto bueno del presidente, así como la relación de los patronos asistentes a la sesión.
Desde hace algunos años, y debido fundamentalmente a la necesidad de garantizar que las fundaciones de nueva constitución, cubran la dotación prevista por la ley de 30.000 € se solicita para aquellas que recurran a la dotación inicial dineraria del 25% (7.500 €) un informe económico o plan de viabilidad que prevea las diferentes actividades que se van a generar o los recursos de diferentes vías que, como digo, aseguren la dotación completa en los cuatro ejercicios siguientes a su constitución.
Este informe o plan de viabilidad económico, debe ser redactado y firmado por un economista titulado independiente, Los datos contenidos en el mismo se pueden analizar con la frecuencia temporal que más se ajuste al proyecto o servicio, pero siempre hay que tener en cuenta que es aconsejable que esta previsión no se limite a un año, sino que vaya más allá en el tiempo tres o cinco años sería lo ideal.
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